¿Están protegidos los datos del sector del agua?
Como mañana entra en vigor el GDPR (Reglamento General de Protección de Datos), hoy he asistido a una charla sobre Protección de datos de Toni Garcia. En estos días una buena parte de los emails que nos entran en nuestra bandeja de entrada tienen que ver con la entrada en vigor de este reglamento europeo, de 4/05/2016 y que entra en vigor mañana 25/05/2018.
Una de las principales diferencias de este reglamento, con la anterior ley orgánica, es que afecta de manera transversal a todos los países de la Unión Europea. Se aplica a todas las personas físicas/jurídicas, entidades/empresas que gestionan datos de carácter personal.
Otra diferencia importante es la cuantía de las sanciones. Estas pasan de 600.000 €uros en la Ley, a sanciones que pueden llegar a los 20 M€ o el 4% del Volumen de negocio de la empresa. Es evidente que los casos de mala gestión de los datos de carácter personal de grandes empresas tecnológicas, ha aconsejado multiplicar por 33 o más la cuantía de las sanciones.
Con el volumen de datos de las empresas de agua (empresas de más de 250 trabajadores), 3 consideraciones:
- Aparece la figura del Delegado de protección de los datos.
- Tanto el responsable como el encargado deben mantener un Registro de los datos de Carácter personal.
- Se deberá realizar una Evaluación del impacto relativa a la protección de datos.
Respecto al sector del agua, acabaré con una solicitud y unas preguntas.
Solicitud: Una de las novedades del GPDR es que se debe poder demostrar que existe un acto afirmativo, actualmente ya no vale el consentimiento por omisión como se venía realizando hasta la fecha.
En este sentido cuando recibáis un email de todas las empresas o entidades que sean de vuestro interés, y entiendo que iagua lo es, se debe contestar de manera afirmativa.
Preguntas:
Todas las empresas y entidades que gestionan datos de carácter personal deben de tener el permiso mediante un acto afirmativo
- ¿Qué pasará con todas aquellas personas que no respondan afirmativamente el email de las empresas de suministro de agua?
- ¿Se les debe dar de baja de la base de datos? ¿Se les debe cortar el suministro de agua?
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
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Santiago- Chile
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