La propiedad intelectual, a debate
Un muy recomendable vídeo de trece minutos publicado en Agora News, con participación de mi compañero de mesa en los Saviálogos de CAN, Juan Urrutia, y de David de Ugarte, emprendedor, |
A fin de evitar el debate sobre los derechos de autor, la industria de contenidos trata de presentar tales derechos como una especie de derecho natural, pintarlo como si fuera intrínsecamente malvado el hacer con la obra cualquier cosa no autorizada por su autor. Sin embargo, la doctrina del derecho natural hace aguas tan pronto como nos percatamos de que los derechos de autor no empezaron a existir (al principio en un único país) hasta hace 3 siglos justos. ¿Qué clase de derecho natural es el que nadie tuvo, en ningún país del mundo ni en ninguna época, hasta hace sólo 300 años? Otro intento de evitar el debate es la conocida falacia del copiar=robar, rebatida mil veces porque las diferencias entre copiar y robar son más que notables.
Se pretende así eludir el verdadero debate sobre los derechos de autor: ¿cómo le damos a los autores un medio de sustento? Esta es en realidad la única pregunta que importa. Pero claro, una vez planteamos la cuestión en estos términos, buena parte de los actuales derechos de autor se vienen abajo, no hay nada que los justifique.
Veamos por ejemplo lo que le sucede a la duración de los derechos de autor cuando nos preocupamos tan sólo del sustento del mismo. Deja de tener sentido prolongar la duración de los derechos durante un cierto tiempo (70 años) después de la muerte del autor. A un muerto no se le puede incentivar económicamente. Más aún, deja de tener sentido que los derechos de autor duren toda la vida del mismo. El incentivo más adecuado puede ser de 5 años o de 50, pero lo que es absurdo es hacer que el incentivo dependa de si el autor es joven y sano (con lo cual puede vivir más de 50 años después de haber creado la obra) o un enfermo terminal, al que sólo le quedan unos meses de vida. Por tanto, lo más adecuado es una cierta duración después de la primera publicación de la obra.
Además, tal duración ¿ha de ser corta o larga? El grueso de los ingresos se obtienen en los muy primeros años después de la primera publicación, a menudo en los primeros meses. No olvidemos que el derecho de autor es un monopolio sobre la obra, y que todo monopolio tiene efectos negativos para toda la sociedad, así que habrá que buscar un equilibrio entre los intereses del autor y los de toda la sociedad. Una duración de 5 años (como propone el Partido Pirata sueco) es claramente mucho más adecuada que una duración de 50. El autor ha tenido tiempo sobrado de cosechar casi todos los ingresos, y el efecto nefasto del monopolio queda reducido a su mínima expresión.
Necesitamos avanzar en el debate, en demasiadas ocasiones cometemos el error de quedarnos estancados en las descargas y en su injustificada represión. Ha llegado la hora de poner en cuestión los cimientos de los derechos de autor, y construir a partir de ahí un edificio nuevo, ya sea derribando por completo el anterior, o bien aprovechando partes del mismo. Sólo así conseguiremos una legislación adecuada a la nueva realidad tecnológica.
Saludos,
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
DIPLOMADO EN GESTION DEL CONOCIMIMIENTO DE ONU
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